ECONOMIA
Boletín Oficial

Prepagas: el Gobierno postergó el plazo para que apliquen aumentos de cuotas diferenciados

La resolución se publicó tras los pedidos de prórroga por parte de las empresas de medicina privada.

Devolución de las prepagas: aseguran que, "se está buscando licuar hace delante los reintegros”
Devolución de las prepagas: aseguran que, "se está buscando licuar hace delante los reintegros” | CEDOC

El Gobierno postergó hasta el primero de diciembre el plazo para la entrada en vigencia de la norma 2155 de la Superintendencia de Servicios de Salud del 2 de septiembre, que habilita a las prepagas a aplicar aumentos de las cuotas de manera diferencial y que exige que informen con anticipación las subas como así también los costos de facturación.   

La medida, que se dio a conocer este miércoles a través de la Resolución 3386/2024 publicada en el Boletín Oficial, fue tomada a pedido de las empresas de medicina privada para contar con un mayor plazo de implementación de la nueva reglamentación. 

La norma, publicada a principios de septiembre, “establece que los aumentos en las cuotas de los planes de cobertura ofrecidos por las entidades comprendidas en el artículo 1° de la Ley N° 26.682 pueden aplicarse de manera variable conforme las condiciones del plan (con o sin copagos) y las regiones o zonas en las que se brinda la atención médico asistencial”.

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A su vez, en esa línea indica que empresas de medicina privada “deberán informar a esta Superintendencia de Servicios de Salud sobre dichos aumentos, especificando los criterios utilizados para cada zona o región, así como la existencia o no de sistemas de copagos”.

Medicina prepaga

Información para los consumidores

También, determina que la comunicación de los ajustes en el valor de las cuotas debe realizarse “dentro de los 5 días posteriores a la publicación del último Índice de Precios al Consumidor (IPC) que mensualmente realiza el Instituto Nacional de Estadística y Censos”, y estipula que “deberán proporcionar a sus afiliados un desglose detallado de los conceptos incluidos en las cuotas que facturan mensualmente”.

De esta manera, debido a los “pedidos de prórroga” de las empresas, la resolución oficial explicó que “para la debida implementación de lo dispuesto y frente a las modificaciones que deben realizar las Entidades de Medicina Prepaga en sus sistemas de facturación, los cuales requieren de un período de puesta en funcionamiento para cumplir con las nuevas directivas, resulta necesario otorgar una prórroga a tal fin”.

En tanto, sostuvo que “la presente medida tiene sustento en la responsabilidad de este organismo fiscalizador de garantizar que las prácticas comerciales sean claras, éticas y orientadas a maximizar el valor para los consumidores, en un entorno de mercado libre y competitivo”.

 

GM